MATADERO MADRID CENTRE FOR CONTEMPORARY CREATION

PREGUNTAS FRECUENTES

CONVOCATORIAS CENTRO DE RESIDENCIAS ARTÍSTICAS

¿Son para artistas o también para proyectos culturales?
-        La convocatoria está dirigida a artistas visuales de la ciudad de Madrid para el apoyo a la producción de obra.

Quiero pedir la ayuda a la producción con una persona no española no residente en España, ¿es posible?
-        Sí, siempre y cuando la/el titular de la solicitud cumpla el requisito de tener la residencia o ámbito principal de acción en el municipio de Madrid

Me gustaría realizar unas consultas sobre si podemos encajar dentro de la convocatoria de apoyo a la producción audiovisual para ver si nuestro proyecto puede encajar. ¿Dónde lo puedo hacer?
-        Todas las consultas se atienden a través del siguiente correo electrónico: creadores@mataderomadrid.org

¿Se pueden presentar varios proyectos por autor o grupo de autores?
-        Se pueden presentar varios proyectos, pero solo se podrá seleccionar uno de ellos. Por lo tanto, la selección de uno de los proyectos, automáticamente excluye al resto de ser seleccionados. Esto también aplica a proyectos de un artista que concurra tanto a nivel individual como a modo de miembro de un colectivo. 

¿Es posible presentarse a dos convocatorias: "Matadero Crea" y "Residencias de producción artística"?
-        Sí. En caso de ser seleccionado/a en una de las convocatorias, quedará excluido de serlo en la otra.

En el caso de optar a la residencia de artistas visuales, ¿puede hacerse con una obra audiovisual?
-        Sí, es posible optar a la residencia con una obra audiovisual

A la hora de presentar el proyecto de una obra audiovisual, ¿debe entregarse un guión finalizado o basta con la descripción de ideas y conceptos en torno a los que se trabajará hasta alcanzar el guion?
-        Si te presentas a una residencia la idea es que ese tiempo lo utilizas para desarrollar tu proyecto, con lo que no se espera que se presenten obras finalizadas.

He desarrollado toda mi carrera profesional vinculada a la ciudad de Madrid, donde he residido y trabajado. Actualmente vivo y tengo mi estudio en otro municipio de la Comunidad. ¿Puedo presentarme a la presente convocatoria?
-        Tal y como se especifica en las bases, solo podrán presentarse aquellas personas que tengan su residencia o ámbito principal de acción en el municipio de Madrid, y de cuya documentación o trayectoria se acredite tal circunstancia. Si consideras que tu ámbito principal de acción es en el municipio de Madrid y lo puedes acreditar, te puedes presentar.

A efectos de la convocatoria, ¿están las artes escénicas, más concretamente el teatro, incluidas en las artes visuales?
-        No, las convocatorias y las ayudas extraordinarias a la producción artística están dirigidas a artistas visuales. Si el proyecto que se presenta se mueve a caballo entre las artes visuales y las artes escénicas será valorado, pero no si es un proyecto exclusivamente de artes escénicas.

Soy funcionario público y quisiera saber si podría optar a las ayudas a la producción artes visuales Matadero.
-        Tal y como se indica en las bases, solo podrán presentarse aquellas personas que tengan su residencia o ámbito principal de acción en el municipio de Madrid, y de cuya documentación o trayectoria se acredite tal circunstancia. Podrán presentarse a la presente convocatoria mayores de edad, con capacidad de obrar y residencia legal en España, que no incurran en ninguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público. No podrán participar aquellas personas que tengan vinculación contractual laboral con Madrid Destino.

Quería preguntar, ¿un cortometraje también entraría como proyecto de artes visuales?
-        Sí, siempre y cuando dicho cortometraje pueda ser considerado un proyecto artístico (dentro de las artes visuales).

Yo tengo mi residencia oficial en otra Comunidad, pero puedo acreditar con mi contrato laboral que llevo desde 2019 en Madrid. ¿Eso serviría? También tengo mi anterior contrato de la vivienda, porque ahora vivo en casa de un amigo y no salgo en el contrato.
-        Si consideras que tu ámbito principal de acción es en el municipio de Madrid y lo puedes acreditar, te puedes presentar.

Si yo ya tengo un sitio donde grabar mi música, ¿es necesario que vaya al que me ofrece Matadero o no es necesario? Por otro lado, ¿el dinero tiene los fines que el concurso dicta o por ejemplo si yo en la producción del EP no gasto nada y quiero invertirlo todo en visuales y videoclips sería posible?
-       El objeto de la convocatoria es apoyar con diferentes recursos (entre ellos una dotación económica) la producción de un EP o LP, por lo que en este caso no entraría dentro de lo estipulado destinar el presupuesto a las visuales y/o videoclips. En cuanto al uso del espacio, en las bases se contempla que puedas grabar en un estudio externo que elijas en función de tus necesidades.

El dossier dice que se debe presentar una obra que se despliegue o desarrolle a través de instagram. Pero en la dotación acota "Uso del canal de Instagram..." Mi pregunta es: ¿la obra debe pensarse para que se desarrolle o despliegue dentro de todas las funciones de Instagram o específicamente para el canal IGTV?
-       Cuando hacemos referencia al canal de Instagram nos referimos a la totalidad de sus funcionalidades, a la red social en sí como canal de difusión. Por lo tanto, se puede desplegar en cualquiera de las funciones de Instagram.

Me gustaría saber si las Ayudas a la producción destinadas a artistas visuales se otorgan independientemente del estado en el que se encuentre el proceso de la obra (concepto/argumento, guion, preproducción, desarrollo, montaje, postproducción). Y si es así, aclarar si es posible adjuntar material audiovisual de la obra, por ejemplo, un primer corte de montaje en bruto, con el propósito de mostrar la fase en la que se encuentra la película.
-       Las Ayudas a la producción destinadas a artistas visuales tienen por objeto estimular la producción de obra nueva. No obstante, se valorarán los proyectos que estén en diferentes fases. Se puede enviar material que esté relacionado con el proyecto que se presenta.

En el uso de la dotación económica ¿qué conceptos se pueden incluir? Si se colabora con alguien, ¿puede ser algún tipo de remuneración, por ejemplo? O ¿se puede donar una cantidad a alguna asociación relacionada con el tema del proyecto?
-       Puedes incluir los materiales que necesites para tu obra y también remuneración a otros profesionales que necesites para formalizar dicha pieza. No obstante, una donación no se considera parte de una producción. 18. (a la espera de un comentario)

Ayudas extraordinarias ¿Puede formar parte del proyecto alguna pieza que esté ya realizada? y ¿se pueden enviar imágenes de algún trabajo o proceso creativo?
-       La ayuda está dirigida a fomentar nuevas producciones. Se valorará el proyecto en su conjunto, así como su adecuación al presupuesto planteado.

Si tengo un proyecto para la convocatoria de Instagram y otro para la modalidad de febrero a julio, ¿Puedo presentar 2 proyectos diferentes a diferentes convocatorias? -       Sí, puedes presentar 2 proyectos diferentes a las diferentes convocatorias, pero solo podrá ser seleccionado en una de las modalidades.

Si presento un proyecto para la convocatoria de las 25 ayudas, ¿puedo también presentarme a la de la modalidad de residencia de febrero a julio con el mismo proyecto? -       Sí, puedes presentarte a Ayudas Extraordinarias y Residencias de 6 meses con el mismo proyecto. No obstante, son modalidades con dotaciones diferenciadas. En el caso de la residencia, se ofrece espacio de trabajo, en el caso de la ayuda, no. Las dotaciones económicas también son diferentes y hay que tener en cuenta que también se valorará la adecuación presupuestaria del proyecto que se presenta a la modalidad específica. En cualquier caso, el proyecto solo podrá ser seleccionado para una de las modalidades.

Me gustaría saber si se puede presentar más de un proyecto por artista.
-       Se pueden presentar varios proyectos pero solamente será posible seleccionar a un artista una vez, incluido como parte de un colectivo.

Leyendo las bases de las Ayudas Extraordinarias he visto que aunque no se desarrollen de forma presencial estará disponible la Nave 16. Quería saber si ese sería el espacio definitivo de presentación del trabajo, más que nada porque mi propuesta es una instalación artística y al estar hecha ex profeso a esta convocatoria, necesitaría disponer de planos para conocer las medidas del espacio, especialmente la altura para  las fijaciones al techo y para adaptarme a ella.
-       La Nave 16 tendrá asignado un espacio para encuentros y presentaciones, pero no se contempla una exposición final de obras, por lo que las producciones que se apoyarán a través de la convocatoria no dependen de una formalización espacial específica para la Nave 16.

Tengo intención de presentarme a la actual ayuda a los artistas visuales de Madrid. Leyendo las bases me surge la duda si se contempla dentro del importe total una cuantía específica para los honorarios de la artista, no he visto nada al respecto.
-       Los honorarios del/la artista sí pueden contemplarse en el presupuesto que el/la solicitante presente.

¿Cuál es la cantidad máxima que dentro del presupuesto puede estar destinada a manutención?
-       No hay una cantidad máxima estipulada, el presupuesto lo propone cada artista dependiendo de su proyecto, siendo uno de los puntos a evaluar por el Comité de Valoración.

La producción del proyecto artístico, si se tratase de una instalación, ¿no sucedería en Matadero?, ¿sólo para su presentación pública en julio de 2021? Y en tal caso ¿podrían plantearse actividades paralelas y vinculadas con la instalación a lo largo de esos meses, y que estas sucedieran en Matadero?
-       No. No está contemplada una exposición de los proyectos seleccionados, pero sí la participación y visibilización del trabajo en el programa paralelo de actividades que suceda de febrero a julio de 2021. No se plantea que los artistas seleccionados planteen actividades vinculadas a su proyecto artístico. No obstante, dentro del marco de acompañamiento curatorial de los residentes, se concebirá un programa de encuentros que se irá definiendo a medida que avanza el período de residencia junto con el Comité asesor.

¿Al final de la residencia hay que entregar una obra determinada o si el tiempo de la residencia se puede usar para el desarrollo y la preproducción de un proyecto que por su envergadura, localización y calendario de trabajo sería imposible desarrollar durante los meses de la residencia?
-       No. Al final de la residencia no hay que entregar una obra, pero sí desarrollar el plan de trabajo que se ha propuesto en la candidatura.

En las Ayudas Extraordinarias se habla de una asignación económica de 5.000€ (a los que aplicar los impuestos y/o las retenciones que correspondan), lo que entendemos es que lo que se percibe de los 5.000€ en neto, es lo que queda una vez aplicado el descuento por IRPF correspondiente (15% entendemos).

La ayuda sin embargo que debemos gastar es de la totalidad, los 5000€, es así? ya que el 15% retenido se devuelve en la declaración de la renta de quien lo cobre. Pueden aclararnos ambos puntos?
-       La ayuda a percibir es de 5.000€, menos los impuestos correspondientes según tu situación fiscal propia y el IVA aplicable, en su caso. La devolución en la declaración de la renta del año siguiente también será según tu situación fiscal propia. Respecto al presupuesto/memoria económica, sí debe reflejar por partidas el gasto íntegro de los 5.000€.

Tengo una duda acerca del siguiente párrafo de las bases en la convocatoria dirigida a Bandas y artistas solistas emergentes:
"Dado que el fin de esta residencia incluye la creación y producción de un EP o LP originales, las obras/repertorios no podrán estar registradas previamente en la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), ni en ninguna otra entidad de gestión de derechos de autor similar.”
Todas mis canciones originales (compuestas y escritas por mí) están registradas en SGAE, aunque sean inéditas. ¿Eso supone un problema?

-       El objetivo de la residencia es apoyar la producción de un EP o LP, esto quiere decir que las canciones, en principio, deberían componerse, grabarse y/o mezclarse, etc. a lo largo del periodo en residencia. 

-       Si están registradas en la SGAE entendemos, salvo que se indique lo contrario, que es porque ya están finalizadas, en ese caso no serían objeto de esta residencia de producción musical.

Respecto al punto b de criterios de valoración de la convocatoria dirigida a Bandas y artistas solistas emergentes, a qué se refiere con  "Adecuación del proyecto a los criterios de emergencia"
-       Se refiere a que ha de presentarse un proyecto de carácter emergente. 

Si he sido beneficiario de una ayuda a la producción y la movilidad del Ayuntamiento de Madrid en 2020, ¿puedo optar a estas ayudas de Matadero Crea?
-       Sí puedes.

Querría saber más sobre los estudios disponibles para la producción de artes visuales. Me gustaría proponer un proyecto adecuado para los espacios de la convocatoria, y algunas obras que tengo en marcha requieren el uso de poliuretano. Si los espacios no están habilitados para la ventilación de disolventes propondría otro tipo de proyecto. Agradecería la descripción de los espacios de trabajo o alguna foto para poder adaptar la propuesta. 
-       Es un espacio diáfano de planta abierta por lo que no hay espacios adecuados para el uso de materiales que requieran ventilación específica. Puedes ver fotos de los espacios en la documentación de las Jornadas de puertas abiertas aquí: https://www.flickr.com/photos/mataderomadrid/albums/72157716921970081

En referencia al "Uso de la aportación económica"  ¿Existen limitaciones a la hora de realizar pagos? Es posible incluir gastos derivados de viajes, honorarios, alquileres, o manutención, siempre que se justifique su relación con el proyecto presentado?

Por ejemplo los gastos del alquiler del estudio y honorarios de artista ¿o es la ayuda únicamente para producción? ¿se contemplan gastos de material inventariable? ¿habrá que presentar todas las facturas de los gastos y de ser a ser si tienen que estar emitidas en un periodo de fechas concreto?

-       El presupuesto del proyecto lo propone cada artista dependiendo del proyecto que proponga y es uno de los puntos a evaluar por el Comité de Valoración. Sobre las partidas, las puedes asignar según corresponda a la producción necesaria que requiera tu proyecto artístico. Los honorarios del/la artista sí pueden contemplarse en el presupuesto que el/la solicitante presente, así como el alquiler del estudio. Los gastos de material inventariable se pueden incluir si se justifica que son necesarios para la producción del proyecto propuesto o forman parte de la propia obra artística.

Así, los honorarios, viajes, alquileres o manutención se pueden incluir dentro del presupuesto de forma justificada. 

En las bases se indica que el 30% restante de la aportación se realizará  contra la memoria del residente y tras la emisión del RECIBO o FACTURA  ¿En qué caso se puede entregar un Recibo? ¿es obligatorio entregar una factura por la residencia?
-       Si emites un recibo o factura dependerá de tu situación fiscal propia. El pago de  la asignación económica se realiza en dos facturas tal y como se explica en las bases (una primera del 70% de la cantidad total y la segunda y última al final de la residencia, por el 30% restante, tras la aceptación de la memoria de fin de residencia)

¿Se pueden incluir imágenes en la descripción del proyecto?
-       Sí, se pueden incluir imágenes dentro del dossier pdf para describir el proyecto.

Vivo en Madrid desde septiembre. Anteriormente vivía en otra comunidad autónoma. Por lo tanto, mi "ámbito principal de acción" no ha sido Madrid hasta ahora y no se reflejaría en mi documentación o trayectoria. Por otro lado, la grabación de mi proyecto audiovisual la llevaría a cabo en otra comunidad autónoma. ¿Puedo presentarme con estas condiciones?
-       Sí, puedes presentarte si actualmente vives en Madrid, aunque grabes parte del proyecto en otra Comunidad Autónoma.

Desde septiembre trabajo como profesor de Educación Secundaria. Lo que supondría que la mayoría reuniones y presentaciones a la que podría asistir, con excepciones, tendrían que programarse fuera del horario escolar. Por lo tanto, ¿Sería compatible el trabajo docente con el punto "b)" de las condiciones de participación de la Ayuda?
-       La idea es que haya flexibilidad de horarios para las tutorías, muchos de los encuentros sucederán por la tarde para dar posibilidad a que asista la mayor parte de beneficiarios de las ayudas así como el público general.

Sobre colaboraciones: Ya he recibido una ayuda de una universidad, ¿Un proyecto ya apoyado económicamente puede optar a las ayudas? ¿Contaría como colaboración? ¿El proyecto puede compartir financiación con alguna otra institución pública? 
-       Sí, el proyecto puede optar, la otra ayuda contaría como colaboración y debéis mencionarla en el formulario de inscripción.

¿Es necesario estar de alta como autónomos para recibir la ayuda?
-       A la hora de emitir el recibo o factura para recibir la asignación económica debes comprobar si debes estar dado de alta en autónomos según tu situación fiscal propia.

No me queda muy clara la diferencia entre las Ayudas Extraordinarias y las Residencias de producción artística.
-       En el caso de las ayudas extraordinarias no recibes como recurso un espacio de trabajo/estudio, sino que hay un espacio a tu disposición, de forma no exclusiva, que puedes utilizar para encuentros con otros profesionales.

En la convocatoria de ayudas a la producción hay un apartado " Uso de la aportación económica", y en de las residencias se dice " uso aproximado de la aportación económica". Sabemos que una producción artística en investigación, en desarrollo, puede sufrir oscilaciones presupuestarias, en función del uso de materiales, etc. ¿se puede entender que en las dos convocatorias se pide una estimación del uso del dinero?  
-       Lo que se solicita en ambos casos es la previsión de uso de aportación económica, se entiende que, en ambos casos, al ser proyectos en desarrollo, es posible que el presupuesto sufra modificaciones.

En el apartado "enlaces a contenido online vinculado al proyecto", ¿os referís solamente a contenido publicado (complicado si es un proyecto en desarrollo)  o también enlaces a google drive, por ejemplo?
-       Nos referimos a cualquier plataforma de visionado de contenido online que acompañe al proyecto, los links pueden ser de referencias al proyecto a desarrollar o de proyectos anteriores propios relacionados con tu propuesta.